Esta
ley fue promulgada por la Asamblea Nacional el 4 de Septiembre de 2001 y
publicada en Gaceta Oficial el 30 de Octubre de 2001. Y pretende ofrecer una
legislación sobre los delitos contra las tecnologías de información o haciendo
uso de estás. Esta ley consta de 32 artículos y está dividida en 4 títulos: un
primer título donde se definen algunos términos básicos relacionados a las
Tecnologías de la Información (T.I), en el segundo se especifican los delitos
que se penan en la ley y su respectiva condena; en el tercer título las
disposiciones generales y en el cuarto las disposiciones finales.
Entre Ventajas que ofrece esta Ley Especial:
·
Por primera vez se tiene una legislación que
regule los delitos informáticos.
·
Se define un glosario de términos
relacionados con las T.I, lo que ayuda a evitar confusiones.
·
Se condenan fuertemente delitos como el robo
de la información personal, la pornografía infantil y la apropiación de la
propiedad intelectual.
DESVENTAJAS
·
No especifica los mecanismos e instituciones
encargadas de actuar en caso de que se cometa un delito.
·
La ley es solo de carácter punitivo, no se
hace referencia a otros aspectos de la seguridad de las T.I como los
certificados digitales.
·
No ofrece regulaciones acerca del correcto
uso de la Internet.
·
Existen delitos que están fuera de la
legislación como él envió de correo electrónico no deseado.
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